Sociedade Pública de Investimentos de Galicia, S.A. (S.P.I. Galicia, S.A.)
Avelino Pousa Antelo, nº 1
15707 - Santiago de Compostela (A Coruña)
Tlfn: 981 545 002
Fax: 981 545 095
A-15595275
El Parlamento de Galicia acordó la constitución de la Sociedad según la Disposición Adicional número 12
de la ley de Presupuestos Generales de la Comunidadd Autónoma para 1997. Mediante el Decreto 56/1997,
de 6 de marzo, publicado en el Diario Oficial de Galicia, de 20 de marzo de 1997, se crea la Sociedade
Pública de Investimentos de Galicia, S.A. aprobándose sus Estatutos y se establece un capital
fundacional de 3.005,00 millones de euros totalmente suscrito y desembolsado por la Comunidad
Autónoma de Galicia. El 31 de marzo de 1997 mediante otorgamiento de escritura pública ante
D. Manuel Julio Reigada Montoto, Notario del Ilustre Colegio de Galicia, se constituye la Sociedad
al amparo de lo dispuesto en el artículo 14.2º de la Ley que rige esta clase de Sociedades,
como una Sociedad Anónima Unipersonal. La Sociedad está inscrita en el Registro Mercantil de
A Coruña, Tomo 1.896, Sección General, Folio 62, Hoja número C-17.823, Inscripción primera.
El objeto de la Sociedad es proyectar, construir, conservar y explotar,
por ella misma, por terceras personas o en calidad de concesionaria,
actuando por encargo del Consello de la Xunta, en nombre propio o por
cuenta y mandato de la Xunta de Galicia, segun los términos de los encargos
y los mandatos de actuaciones, toda clase de infraestructuras que la Xunta
promueva o participe, y tambien los servicios que se puedan instalar o
desarrollar en dichas infraestructuras. Su actividad comprende tambien,
previa autorización del Consello de la Xunta, la promoción y ejecución
de actividades urbanísticas e inmobiliarias, adquisición y enajenación
de toda clase de bienes inmuebles, gestión y realización de las obras y
dotación de servicios y su posible explotación. Todas estas actividades
podran desarrollarse total o parcialmente mediante la participación de
dicha Sociedad Pública, sujeta siempre a la Ley de Patrimonio de la
Xunta de Galicia o cualquier otra disposición que sea aplicable por el
carácter de empresa pública de la Sociedad en sociedades de objeto idéntico o análogo.
En sus actuaciones habrá de respetar los principios de publicidad y
concurrencia propios de la contratación administrativa.
Conforme a lo establecido en la Disposición Adicional décimo segunda de los
Presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para 1997,
las relaciones entre la Xunta de Galicia y la Sociedad Pública se regularan
mediante un Convenio Marco que será aprobado por el Consello de la Xunta por
propuesta de la Consellería de Economía e Facenda, en el que se establecerán,
entre otros, los extremos a los que deberá ajustarse el Plan Económico Financeiro
que deberá ser aprobado como instrumento básico de reglamentación de las relaciones
específicas derivadas de los encargos de la Xunta de Galicia a la Sociedad.
En su virtud el 2 de mayo de 1997 se aprueba el citado Convenio Marco así como los
presupuestos de explotación y de capital iniciales de la Sociedad. Posteriormente,
el 24 de julio de 2002, tambien el Consello de la Xunta, aprueba el Convenio Marco vigente
en la actualidad.
Esta Sociedad se regira por lo que dispongan sus Estatutos
y lo que en relación a este tipo de sociedades establecen:
- Decreto 56/1997 de 6 de marzo, al amparo de la disposición adicional décimo segunda
de la Ley 11/1996, de 30 de diciembre de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia
para 1997, por lo que se constituye como Sociedad Anónima la Sociedade Pública de Investimentos
de Galicia, S.A., el 31 de marzo de 1997, con un capital fundacional subscrito y desembolsado
íntegramente por la Comunidad Autónoma.
- La Ley de Sociedades Anónimas, Texto Refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 1564/1989,
de 22 de diciembre.
- La Ley 3/1985, de 12 de abril, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de
Galicia y su Reglamento aprobado por el Decreto 50/1989, de 9 de marzo.
- Decreto Legislativo 1/1999, del 7 de octubre, por lo que se aprueba el texto refundido de la Ley de Régimen Financiero y Presupuestario de Galicia.
- El Convenio Marco entre la Xunta de Galicia y S.P.I. Galicia, S.A.
aprobado por el Consello de la Xunta, a propuesta de la Consellería de Economía e Facenda,
el 24 de julio de 2002.